jueves, 10 de mayo de 2012

Tatuajes & Donación de órganos

Desde hace tiempo traigo en la mente la idea de hacerme un tatuaje, he estudiado los pros y los contras de esta decisión y una de las cosas que más me causaba conflicto era el hecho de que muchas personas me comentaban que una vez que te tatuas no puedes donar sangre y mucho menos órganos u otros tejidos.

Eso me estristecía y detenía mucho porque siempre me he considerado una donadora y apoyo y promuevo 100% esta valiosa acción, así que después de investigar en internet y encontrar muchas opiniones pero ninguna con fundamento entré a la página del CENATRA Centro Nacional de Transplantes y aunque en la sección de preguntas frecuentes venía algo sobre el tema decidí hacerlo más directo y en contacto escribí mi duda.

Hoy recibí la respuesta y se las comparto para los que también tienen esta duda:


Estimada M....

Agradezco su interés por querer saber acerca del proceso de donación de órganos y tejidos con fines de trasplante. En este sentido, primero es importante informarle que, la Ley General de Salud de México (Título XIV) es la entidad que norma los procesos de donación de órganos y tejidos con fines de trasplante.

Respecto a su pregunta, le informo que los tatuajes no son una contraindicación  para la donación de órganos y tejidos como la sangre con fines terapéuticos. Es  muy importante que usted este segura que el lugar donde pretende realizarse el  tatuaje sea un establecimiento debidamente autorizado para tal propósito, es decir que cumpla con todas normas de seguridad e higiene establecidas por la legislación mexicana para dicha actividad. Lo antes comentado, es con el firme objetivo de prevenir riesgos sanitarios, por ejemplo enfermedades infectocontagiosas como hepatitis, virus de la inmunodeficiencia humana (VIH), etc.

Por otra parte, si Usted aun así toma la decisión de ser donadora de órganos y  tejidos con fines de trasplante, ya sea en vida o después de la misma, también  es muy pertinente informarle que la responsabilidad de decidir sí la condición  de un donador (a) es adecuada para tal propósito, estará a cargo de un Comité  Interno de Coordinación para la donación de órganos y tejidos, dicho Comité se  encuentra en los hospitales debidamente autorizados que cuentan con actividad de donación y/o trasplante de órganos y tejidos y el cual está conformado por un  panel de expertos en la materia, quienes avalan a través de estudios clínicos,  de laboratorio y de gabinete, si la donación beneficiará a la persona (s) que  están en espera de un órgano y/o tejido para trasplante. Asimismo le informo  que cuando hice mención de un hospital debidamente autorizado, me refiero a los hospitales que cuentan con una licencia o permiso sanitario para realizar dichos procedimientos médicos, esta licencia está emitida por la Comisión Federal de  Protección Contra Riesgos Sanitarios –COFEPRIS-

Finalmente, le invito a visitar nuestra página Web www.cenatra.salud.gob.mx en donde encontrará, además de preguntas y respuestas relacionadas con sus inquietudes; otros tópicos de interés relacionados con los procesos de donación y trasplante.

De existir alguna duda, comentario o sugerencia, mucho le agradeceré, el que me la haga llegar a través de esta vía o bien al teléfono: 01 (55) 5487 9902 ext. 51415 con el que escribe

Dr. Adalberto Poblano Ordóñez

CENATRA
Pues resuelta la duda ahora sólo me queda checar bien que onda con la cuestión laboral, escoger mi diseñito y el establecimiento y listo, finalmente no sé si lo haré o no, pero más vale estar bien informada a arrepentirme una vez ya hecho el tatuaje ¿no lo creen?